Acceso de las Autoridades aduaneras de EE.UU. a los datos de los pasajeros que figuran en las reservas de viajes a/desde o vía USA

 

Continuando con nuestra Comunicación del pasado 4 de marzo sobre el tema de referencia, le informo que la Comisión  Europea recomienda a las compañías aéreas/Agencias de Viajes informar a los pasajeros sobre la transferencia de datos de los PNR a las autoridades americanas, y en el caso de transferencia de datos sensibles, tales como aquellos que estén relacionados con la salud o la religión, pedir el consentimiento previo del pasajero.

Así como que, a la pregunta sobre que pasa si un pasajero se opone a la transmisión de datos, la respuesta es que será objeto de una inspección más detallada a la llegada por inmigración, si bien ello no impedirá viajar, si tiene el visado y el pasaporte en regla.

El pasado 14 de marzo la Dirección General de Transporte de la Comisión Europea celebró una reunión a fin de tratar los problemas surgidos por la entrada en vigor el pasado 5 de marzo de las disposiciones establecidas por las Autoridades aduaneras de EE.UU., relativas al acceso a la información contenida en las reservas de los vuelos con origen, destino, o que hagan escala en algún aeropuerto de EE.UU.

Según información facilitada por ECTAA, asociación que estuvo presente en la referida reunión, los temas tratados fueron los siguientes:

1. Problemática:

Como ya es conocido, desde el pasado 5 de marzo, las Autoridades Americanas de Inmigración (CBP) requieren de las compañías aéreas con vuelos con origen, destino o que hagan escala en algún aeropuerto de EE.UU. la comunicación de los datos contenidos en el PNR de cada pasajero. Desde el punto de vista de la Comisión, la nueva reglamentación americana entra en conflicto con tres disposiciones de la Directiva 95/46/CE, relativa a la protección de datos:

  1. Los art. 10 y 11 concernientes a las obligaciones de los encargados de recoger los datos.

  2. El artículo 8 concerniente a los datos personales llamados sensibles y su tratamiento.

  3. Los artículos 25 y 26 concernientes a las transferencias de datos.

2. El punto de vista de la Administración americana:

Frente a la posición de la Comisión, el CBP considera que existen garantías suficientes respecto al tratamiento de los datos personales contenidos en los PNR.

En el curso de la reunión mantenida el pasado día 14, el CBP respondió a diferentes cuestiones y observaciones planteadas:

a) ¿Qué pasa si un pasajero se opone a la transmisión de sus datos?

Respuesta: Que será objeto de una inspección más detallada a la llegada por inmigración, si bien, ello no impedirá viajar al pasajero si tiene el pasaporte y el visado en regla.

b) ¿El CBP requiere el acceso a los datos de los FFPs?

Respuesta: Sí, para conocer la dirección del pasajero y los vuelos efectuados.

c) ¿Durante cuánto tiempo se conservarán los datos?

Respuesta: El tiempo que sea necesario.

d) ¿Para qué sirven los datos?

Respuesta:  Para identificar, sobre la base de los criterios seleccionados por el CBP, a los pasajeros que pueden presentar un riesgo potencial para la seguridad de los EE.UU.

e) ¿Qué datos de vuelos deben ser transmitidos?

Respuesta: Todos los vuelos con destino EE.UU., en escala en EE.UU., así como todos los vuelos en correspondencia.

f) ¿Cuántos pasajeros se verían afectados?

Respuesta: En el 2001, cerca de 80 millones de pasajeros aéreos llegaron, partieron o hicieron escala en EE.UU. En el 2002, fueron cerca de 70 millones.

g) ¿ Cómo funciona la transferencia?

Respuesta: El CBP extrae los datos PNR de las bases de datos de las compañías aéreas. En el caso de que los datos sean albergados por un GDS, los datos son extraídos del GDS con el acuerdo de la compañía aérea.

3. El punto de vista de la Comisión:

La Comisión opina que las protecciones previstas por el CBP respecto a los datos sensibles (artículo 8) son insuficientes por cuanto deberían mejorarse. La Comisión es partidaria de efectuar un estudio del sistema americano de tratamiento y conservación de los datos así como de las normas de control. Si bien dicha propuesta fue rechazada por las autoridades americanas, las discusiones parecen de nuevo progresar en dicho sentido. Se prevén ulteriores reuniones en los próximas días entre la UE y EE.UU., y en el seno del Comité "Artículo 29" (Comisión + Estados Miembros), para llegar a una solución del conflicto.

Durante este período de tiempo la Comisión estima que:

* Los pasajeros deben estar informados de que los datos contenidos en el PNR serán transmitidos al CBP.

*La Comisión estima que el consentimiento explícito previo no es necesariamente requerido para la transmisión de datos sensibles (artículo 8), si bien dicho acuerdo previo del pasajero se considera muy oportuno.

* La Comisión no es partidaria de proponer una cláusula tipo que se pueda incluir en el tiquet de transporte.

*La Comisión ha propuesto a las compañías aéreas y a los GDS examinar la posibilidad de incluir filtros a fin de transmitir únicamente al CBP los datos requeridos.

4. El punto de vista del Parlamento:

Desde la sesión plenaria del Parlamento europeo, el 12 de marzo pasado, todos los grupos políticos, a excepción del PPE han protestado contra la aceptación del acceso de los EE.UU. a los datos de los pasajeros aéreos y han pedido la suspensión de dicha medida.

5. Conclusiones:

La Comisión seguirá las negociaciones con el CBP, en cooperación con los Estados Miembros, para encontrar una solución duradera a la incertidumbre jurídica actual

Madrid, 27 de marzo de 2003