Sistema retributivo de IBERIA

 

En el día de ayer, se reunieron el Comité Ejecutivo de CAAVE y, posteriormente, el Comité Conjunto, máximo órgano de gobierno de CAAVE, para estudiar de forma monográfica el proyecto de nuevo modelo retributivo de IBERIA a las Agencias de Viajes.

El Comité Conjunto, que integra no sólo las Asociaciones representativas, que componen CAAVE, sino también importantes Grupos comerciales, en calidad de miembros adheridos, acordó:

1º Ratificar la plena representatividad asociativa sectorial de CAAVE. Por tanto, en las conversaciones con IBERIA, esta Compañía aérea debe saber que las posturas de CAAVE, trasmitidas a través de sus distintos Órganos de gobierno, representan la voz del sector. Ello, sin perjuicio, como es lógico, de la libertad empresarial de cada Agencia.

2º Requerir a IBERIA que presente de manera formal y escrita a CAAVE su proyecto de nuevo modelo retributivo, a efectos de que CAAVE pueda estudiarlo y formular las ideas y sugerencias, que pudieran resultar oportunas.

Con ese propósito y, una vez recibida la propuesta de IBERIA, CAAVE examinará los aspectos jurídicos, fiscales, informáticos y económicos y presentará, en su caso, las observaciones pertinentes.

3º De las informaciones recibidas hasta ahora por CAAVE, parece deducirse que el proyecto contempla un cambio de modelo retributivo, que afectaría a la esencia de la relación contractual habida históricamente entre IBERIA y las Agencias de Viajes, de suerte que éstas podrían perder su condición jurídica de intermediarios para convertirse en mandatarios de sus clientes. Esto significaría asumir una responsabilidad directa ante los consumidores que, no sería conveniente para las Agencias, pero mucho menos aún para esos consumidores, porque encontrarían inevitablemente diluida la responsabilidad de la Compañía aérea. A ello se añadirían otra serie de efectos fiscales perjudiciales para las Agencias y para el precio de los billetes, sin olvidar que hoy por hoy no están resueltos los problemas informáticos, que ello conllevaría.

4º La Ley 12/92 de Contrato de Agencia prevé un sistema de remuneraciones consistente en comisiones o en fórmulas mixtas. Este es el camino, por tanto, para que las Compañías aéreas y las Agencias de Viajes mantengan la relación contractual, que históricamente les ha unido.

En la misma línea se configura, por cierto, el contrato suscrito entre IATA y las Agencias de Viajes.

5º De confirmarse formalmente las informaciones mencionadas en el punto tercero, CAAVE podría verse obligada a recomendar a los Agencias que interpusieran las acciones judiciales pertinentes en defensa de sus legítimos derechos, amparados fundamentalmente por la Ley 12/92 sobre Contrato de Agencia.

Ahora bien, CAAVE espera de las máximas instancias de IBERIA una propuesta, que respete los derechos de las Agencias y los intereses de los consumidores y que, al mismo tiempo, garantice un mercado fluido, operativo y eficaz dentro del marco de unas relaciones comerciales válidas para ambas partes.

 

Madrid, 4 de julio de 2003