Sistema retributivo de IBERIA
PROPUESTA DE CAAVE, PRESENTADA A IBERIA EL 02-10-03

 

"Propuesta de CAAVE" presentada a IBERIA, según los acuerdos adoptados en el Comité Conjunto del pasado día 1.

 

El nuevo sistema de comercialización de billetaje aéreo propuesto por IBERIA para aplicar a partir del 1 de enero de 2004, tendrá el apoyo expreso de CAAVE si, a las decisiones reflejadas en el documento "Resumen conversaciones CAAVE-IBERIA de 25 de septiembre", completadas por el escrito de IBERIA de fecha 30 de septiembre (ver nota al pie), se añaden las siguientes precisiones, modificaciones o ampliaciones:

  1. La suma de comisiones e incentivos, a percibir por las Agencias, más los SF, debe superar en todo momento la remuneración actual, al menos, en un punto porcentual.

  2. El esquema de retribuciones tendrá un período de validez de tres años a contar desde su implantación. Para ello, las comisiones básicas se fijarían:

    1 Enero - 30 Junio 2004 3%
    1 Julio - 31 Diciembre 2004 2%
    1 Enero 2005 - 31 Diciembre 2006    1,5%

    Las tablas de services fees deberán acomodarse a estos niveles de comisión básica, a efectos de obtener el objetivo anteriormente señalado.

    Ha de tenerse en cuenta también una razonable elevación de los SF por Internet.

  3. Compromiso de que, durante la vigencia del contrato, IBERIA cobrará los fees a todos sus clientes, según las tablas establecidas.

  4. Compromiso de IBERIA de que, una vez finalizado el plazo de este contrato, mantendrá de una manera permanente el sistema de cobro de SF.

  5. Los costos de transacción que cargue el BSP y cualesquiera otros costos similares originados por la implantación del nuevo sistema, deberán ser asumidos por IBERIA.

  6. Aceptación formal por parte de IBERIA de las "Observaciones", que remitió con su escrito de 29 de agosto sobre cláusulas contractuales; en ese escrito se requería el expreso sometimiento a la Ley de Contrato de Agencia 12/1999 y el reconocimiento de los derechos que pudieran derivarse de la actual relación contractual.

  7. Compromiso de IBERIA de garantizar el acceso a las Agencias de Viajes a cualquier sistema de reservas en igualdad de condiciones que la propia Compañía. Si algún sistema exigiese costos especiales, IBERIA lo comunicará a las Agencias de Viajes a efectos de que éstas puedan negociar el asumir, total o parcialmente, esos costos.

  8. Reconocimiento de las peculiaridades de Baleares y de Canarias, estableciendo al efecto un acuerdo especial conformado por los representantes asociativos de ambos archipiélagos.

  9. Compromiso de IBERIA de adoptar políticas comerciales favorables a las Agencias de Viajes consistentes en:

    1. Que para cualquier campaña comercial de IBERIA, e incluso, para las que realice a través de Internet, indique claramente que las mismas condiciones pueden obtenerse en las Agencias de Viajes.

    2. Establecer reglas de juego transparentes que aseguren a las Agencias la igualdad en los elementos de comercialización y marketing, que tenga la propia Compañía.

    3. Que IBERIA no realice, en ningún caso, acciones de competencia desleal contra las Agencias de Viajes.

    4. Aún cuando se acepta que IBERIA, al hacer publicidad de sus precios, cite exclusivamente la tarifa del transporte, debería incluirse alguna llamada mediante asterisco o signo similar, que haga notar que al precio que se está publicitando deberán añadirse impuestos y SF.

  1. Compromiso de IBERIA de hacer una amplia campaña divulgativa, donde traslade suficientemente a los consumidores la información sobre el nuevo sistema de comercialización.

  2. Compromiso de IBERIA de actuar con toda firmeza ante IATA y foros pertinentes para obtener en el plazo más breve posible la inclusión en el billete de una casilla específica, que recoja los SF.

  3. Compromiso de IBERIA de actuar ante Amadeus y otros GDS para conseguir en el plazo más breve posible la mecanización total de los procesos administrativos y de reserva derivados del nuevo sistema, incluyendo la mecanización de los formularios de UATP (similar a Renfe).

OBSERVACIONES PROCEDIMENTALES

  1. Las cuestiones económico-empresariales debieran formar parte del contrato a firmar entre IBERIA y cada Agencia.

  2. Las cuestiones sectoriales debieran incorporarse a un Acta de Comisión Mixta, que sería firmada:

  3. Sería necesario encontrar un término español que sustituya al "service fee" utilizado hasta ahora. Es evidente que no se puede realizar una campaña de divulgación al público empleando el término inglés. Sería conveniente consultar a la Asesoría jurídica de IBERIA si consideraría legal la expresión "Tasa de servicio".

Madrid, 6 de octubre de 2003

 

NOTA: Puesto que en el párrafo introductorio de la "Propuesta" se hace mención a dos documentos, uno dedicado al resumen de las conversaciones entre CAAVE e IBERIA el pasado día 25, y otro al escrito de IBERIA de fecha 30 de septiembre, se ha hecho un trabajo de refundición de las cuestiones más importantes tratadas en esos dos anexos para facilitar su comprensión, sin necesidad de leer dichos documentos. Puede ver este resumen aquí.